sábado, 5 de diciembre de 2009

Corte Europea, Irlanda y aborto

La Corte Europea de Derechos Humanos coloca a Irlanda en la línea de fuego
(Piero A. Tozzi, J.D., 4/12/2009, Catholic Family & Human Rights Institute)
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(NUEVA YORK - C-FAM) Las leyes sobre aborto y la soberanía nacional irlandesa se sentarán en el banquillo de los acusados la semana próxima, cuando la Corte Europea de Derechos Humanos analice una demanda contra la protección constitucional irlandesa de la vida «desde la concepción». Los tres demandantes del caso «A, B y C vs. Irlanda» afirman que se vieron obligados a viajar al exterior para acceder a abortos y a realizar gastos innecesarios, además de padecer adversidades a causa de las leyes pro-vida de la nación. Además, denuncian la violación de una serie de derechos contemplados en la Convención Europea de Derechos Humanos.

El liticonsorcio compuesto por la Society for the Protection of Unborn Children, el European Center for Law and Justice y el Alliance Defense Fund (en representación del Family Research Council) sostiene que es «derecho soberano de Irlanda determinar cuándo comienza la vida» y qué derechos atribuir a la vida intrauterina. También afirman que no se han agotado los recursos internos, y que, por lo tanto, la Corte Europea de Derechos Humanos no tiene jurisdicción para analizar la demanda.

La constitución irlandesa «reconoce el derecho a la vida del no nacido y, con la debida consideración a igual derecho de la madre, garantiza en su legislación respetarlo, y, siempre que sea posible, defender y la reivindicar este derecho a través de sus leyes». La reciente aprobación del Tratado de Lisboa por parte de Irlanda tras habérsele ofrecido garantías de que su Constitución a favor de la vida no se vería afectada ha agravado la decisión de la Corte.

Quienes dudan de la capacidad de la Corte Europea de mantenerse imparcial siendo que están implicados los «derechos al aborto» se remiten al caso Tysiąc vs. Polonia, en el que se dictaminó que Polonia había violado la Convención Europea al negar a una mujer el acceso a un aborto «terapéutico» que, supuestamente, hubiese salvado su vista. La mujer en cuestión había obtenido un certificado extendido por un médico clínico como requisito previo para acceder a una práctica abortiva, lo cual está permitido en el marco de la legislación polaca, que se encuentra entre las que más protegen la vida de los niños en gestación.
Cinco médicos especialistas rechazaron el criterio del médico clínico al determinar que el deterioro en la vista de la mujer no estaba relacionado con su embarazo, conclusión que fue convalidada después del parto por un comité de evaluación compuesto por otros tres especialistas. A pesar de ello, según trascendió, la Corte Europea de Derechos Humanos priorizó la opinión de un solo médico clínico y desestimó la de ocho especialistas para obtener el resultado deseado.

Jakob Cornides, comentarista de leyes europeo que criticó el fallo de Tysiąc, hizo una distinción entre ese caso y el irlandés al señalar que «para bien o para mal, Tysiąc estaba basado en la idea de que la Sra. Tysiąc consideraba que el aborto hubiera sido legal de acuerdo con las leyes polacas, y como tal, podría haber estado a su disposición. En Irlanda, por el contrario, la constitución protege la vida en gestación y la legislación prohíbe indiscutiblemente el aborto».

Cornides añadió que «la Corte, hasta ahora, ha evitado tomar una postura sobre si el aborto debería ser legal o no, dejando este asunto en manos de los legisladores nacionales. De hecho, sería inconcebible que los países como Irlanda o Polonia, por mencionar sólo dos, hubieran firmado la Convención habiendo advertido un "derecho al aborto" implícito o explícito».

La población irlandesa aprobó por amplia mayoría, mediante votación, la disposición constitucional pro-vida en el referendo de 1983. Quienes están a favor de la vida señalan, además, que Irlanda tiene el menor índice de muertes maternas durante el parto, como lo confirma un informe reciente del Foro Económico Mundial.

Traducido por Luciana María Palazzo de Castellano
http://www.c-fam.org/publications/id.1526/pub_detail.asp

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